Tiempo de lectura: 2 minutos

NO No lo dudes!!

 

ES LA OPORTUNIDAD DE PROHIBIR LOS COLLARES DAÑINOS

Todas las leyes autonómicas de Protección Animal han prohibido los collares que hacen daño a los perros. Pesa sobre ellos una prohibición absoluta (…la mayoría) o condicionada vinculando su uso a la prescripción veterinaria algo incompatible con la lógica por ser la ciencia veterinaria la primera en advertir los daños causados por los collares inapropiados.

Ya está en las ordenanzas de Barcelona 2014, Madrid 2016, Hospitalet de Llobregat, Tarragona, Castellón, Málaga, …. Las aprobadas a partir de 2014 en su práctica totalidad (no decimos las dos excepciones para no avergonzar) establecen la prohibición de su uso.

Los presidentes de numerosas comisiones de Derechos de los Animales, de Colegios de abogacía de toda España lo han explicado y defendido. Por ejemplo, en el artículo «Las nuevas ordenanzas de protección animal» de José Ferrándiz Macián, presidente de la Sección de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Tarragona (@dretanimalICAT) y miembro de ADAT (Abogados en Defensa Animal Tarragona)

Respecto a veterinarios, mira lo que dice AVATMA en su «Informe sobre el uso de los collares de pinchos y asfixiantes en el perro»

El Consejo de Colegios en su revista de noviembre de 2012 lo publicó «La regulación de los collares dañinos: avanzando en el bienestar canino» (Emma Infante; responsable de la campaña internacional de Collares Dañinos)

La policía local extiende las denuncias e incluso las empresas contratadas para la vigilancia del metro han debido abandonar el uso de los collares de pinchos y ahogo. Hemos extendido denuncias a los cuerpos de seguridad por incumplimiento de la norma y se ha reflejado en cambios.

Existen numerosas referencias al respecto:

Además:

Encuesta sobre el uso de diferentes tipos de collares electrónicos en Francia en la vida cotidiana con el fin de proporcionar recomendaciones para posibles regulaciones futuras. 

Cada vez más cerca de ser un país pain-free.

Tiempo de lectura: < 1 minuto

Desde FdCATS hemos presentado alegaciones al borrador del proyecto de Real Decreto de Ordenación de Núcleos Zoológicos, promovido por el Ministerio de Agricultura.

Planteamos que las prácticas que dañan o negligen a los animales no pueden ser amparadas desde las administraciones. Es desde los órganos legislativos y ejecutivos que se debe liderar el acoplamiento de los usos y costumbres al conocimiento sobre la dimensión sintiente de los animales y en todo caso garantizando las 5 libertades de bienestar animal, definidas por la Organización Mundial de Salud Animal en fecha 1965.

El patrimonio medioambiental y las inversiones públicas se ven amenazadas por prácticas desarrolladas por una minoría de la población que es causante de muchos de los problemas derivados de la falta de controles que el borrador trata sólo parcialmente.

El futuro texto debe proteger a los animales. Además de una dieta e hidratación adecuados, un alojamiento suficiente, higienizado y seguro, en un entorno conveniente donde exhibir los patrones de comportamiento propios de la especie, gozar de la compañía apropiada y libres de sufrimiento, daños físicos y emocionales y de enfermedad

En líneas generales, hemos solicitado:

  • La designación de personal veterinario con especialidad de Medicina de Refugio,
  • Exclusión de la definición de Núcleo Zoológico a las Colonias Felinas,
  • Que se tengan en cuenta las necesidades específicas de los perros y gatos albergados,
  • Autorización de la autoridad competente sin excepción antes del inicio de la actividad
  • Plan de Emergencias y Evacuación
  • Etiquetado de productos almacenados
  • Separación física, olfativa, auditiva y visual entre especies
  • Identificación individual mediante microchip
  • Formación reglada y acreditada para todo el personal
  • Planes de Bienestar con protocolos de manejo con bajo estrés e indicadores de Bienestar Animal según los hallazgos científicos y la naturaleza sintiente de los animales.